Saltar al contenido

Nuevas reducciones en renta sobre los alquileres percibidos.

Con las nuevas limitaciones de los precios de los alquileres, especialmente en zonas tensionadas, el gobierno ha introducido nuevas reducciones en renta dirigidas a los propietarios de inmuebles alquilados. Te explicamos cuáles son.

Este 2024 ha entrado en vigor una modificación de la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de su artículo 23.2 concretamente, que introduce reducciones aplicables sobre los rendimientos del capital inmobiliario en la renta. Es decir, existen nuevas reducciones de un 90% y 70% sobre los rendimientos obtenidos de alquileres, dirigidos a los propietarios personas físicas de inmuebles destinados a alquiler.

Tras estudiar estas novedades, es claro el propósito que persiguen: incentivar a aquellos arrendadores de viviendas en zonas pensionadas para que rebajen los precios de alquiler y alquilen a gente joven, esencialmente. Dos puntos que son claramente preocupantes en las zonas declaradas pensionadas y que están a la orden del día en la agenda política. Por supuesto, como en todas las normas fiscales, debemos estar atentos a los requisitos y limitaciones de estas nuevas reducciones.

Brevemente, indicar que es la nueva Ley de Vivienda la que incluye la definición de estas zonas, tal y como expusimos en nuestro anterior artículo al respecto, pero deja al criterio de las Comunidades Autónomas la declaración y delimitación de las zonas tensionadas.

Pues bien, si le ha afectado a usted alguna de las limitaciones que aplica la ley para alquileres en zonas tensionadas, vea las novedades fiscales de las que se puede beneficiar:

Nuevas reducciones en la renta de 2024

Primeramente, indicar que estas novedades entran en vigor en 2024, por lo que no son de aplicación a la renta de 2023 (que se presentará a partir de abril de 2024). 

Así, dispondremos de dos nuevas reducciones:

1.- Reducción del 90%

Para aquellos nuevos contratos de alquiler formalizados en 2024 en los que se rebaje en más de un 5% la renta respecto del contrato anterior. Es decir, si en 2024 formaliza un nuevo contrato de alquiler para la misma vivienda, con una rebaja del precio de alquiler de más de un 5% (tras aplicación de la actualización anual del alquiler), siempre que esta vivienda se encuentre en una zona tensionada, podrá deducirse un 90% del rendimiento neto positivo.

Esta primera reducción resulta muy atractiva, y tiene potencial para convertirse potencialmente en una medida de reducción de alquileres bastante efectiva. Por supuesto, se trata de hacer una ponderación económica, valorar si la reducción del importe de alquiler compensa con una posterior reducción del 90%. Para aquellos casos en los que sí será beneficioso, es un buen incentivo para rebajar los precios de alquileres en zonas tensionadas.

2.- Reducción de un 70%

Para aquellos que alquilen por primera vez la vivienda a partir del 1 de enero de 2024, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la vivienda se encuentre en zona tensionada
  • Que el arrendatario tenga entre 18 y 35 años

Es interesante que en este punto, el legislador se ha planteado también un supuesto en el que existen varios jóvenes arrendatarios, y solo algunos tienen entre 18 y 35 años. En ese caso, reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto que proporcionalmente corresponda a los arrendatarios que cumplan el requisito de edad.

Por supuesto, no son compatibles las reducciones; en caso de no aplicar la reducción del 90% se pasaría a analizar si concurren los supuestos de esta reducción. 

Actualización constante.

Es importante conocer las novedades fiscales que se van publicando, principalmente porque debemos actuar a tiempo para poder sacar el máximo provecho posible a las medidas fiscales mientras estén vigentes.

Como asesores fiscales, dedicamos gran parte de nuestro tiempo a asesorar y aconsejar a nuestros clientes sobre la manera más adecuada de organizar su patrimonio, aprovechando las ventajas fiscales existentes; por supuesto teniendo siempre en cuenta las repercusiones que están tengan en otros aspectos.

Atentamente,

Departamento fiscal.

Álvaro Porcar Abogados