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¿Eres autónomo? Todo lo que debes saber para ser trabajador por cuenta ajena en 2019

2019 ha introducido algunos cambios importantes en el mundo laboral que afectan a los trabajadores autónomos. Estos cambios se notarán, sobre todo, a nivel de cotización. Hoy queremos explicarte alguno de los grandes cambios y novedades que se introducen con el Real Decreto-ley 28/2018.

Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos

Desde el 1 de enero de 2019 se han incrementado las protecciones a los trabajadores autónomos. Se ha incorporado de modo obligatorio todas las contingencias que pueden sobrevenir en su ejercicio y que tenían, hasta el momento, carácter voluntario.

Esto abre el abanico de las prestaciones a las que tienen acceso lo autónomos. Esta mayor protección se extiende de forma obligatoria a todas las contigencias profesionales (enfermedades profesionales y accidentes de trabajo), cese de actividad y formación que se añaden a las contingencias comunes.

Estos son los cambios que implica la nueva fórmula:

  • Cobrar desde el primer día de la baja.
  • Dejar de pagar, a partir del segundo mes de baja, la cuota de autónomos hasta el momento de recibir el alta.
  • Mayor acceso a la prestación por cese de actividad.
  • Aumento de la duración de la prestación por cese de actividad a 24 meses.
  • Acceso a la formación continua.

Aumento de la base mínima de cotización

La base mínima de cotización de los trabajadores autónomos se ha incrementado en un 1,25%. Se establece de esta forma que la base mínima aplicable será de 944,40 euros/mes con carácter general. La base máxima sube un 7% y se establece en 1220 euros/mes.

Se trata de un aumento temporal, mientras se modifica la forma en que se determina la cotización en este régimen. Que se efectuará en función de las bases elegidas por los interesados y que, tras la modificación, estará determinada por el importe de los ingresos realmente percibidos.

Tipos de cotización

Desde el 1 de enero de 2019, los tipos de cotización para autónomos serán:

  • Para las contingencias comunes, el 28,30%.
  • Para las contingencias profesionales el 0,9%.
  • Por cese de actividad el 0,7%.
  • Por formación profesional el 0,1%.

Tarifa plana para autónomos

La tarifa plana para autónomos se mantiene, aunque se encarece. Pasará de 50 euros al mes a 60. Aquí se incluyen las contingencias comunes y profesionales, se excluye el cese de actividad y la formación.

Este aumento se aplica únicamente a los trabajadores autónomos que cursen el alta en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos a partir de enero de 2019.

Se introduce una novedad en la tarifa plana. Las trabajadoras autónomas tendrán acceso a la tarifa plana de un año los dos años posteriores a la baja por maternidad sin necesidad de cesar previamente la actividad.

Se extiende a los trabajadores por cuenta propia agrarios.

Falsos autónomos

Entre las novedades introducidas destacan las de detección de falsos autónomos, se incorpora un nuevo tipo de infracción laboral grave para prevenir la figura del falso autónomo. La sanción para esta infracción oscila entre 3.126 y 10.000 euros para el empleador.

Conclusión

Uno de los mayores cambios introducidos es el incremento de la tarifa plana para autónomos. Desde su creación, la cuota se había mantenido en los 50 euros, ahora sin embargo, la vemos aumentar.

Otro gran cambio es el de la cotización. Este aumento en la base mínima introduce también mejoras en la protección social del autónomo. También se han introducido cambios importantes en la conciliación laboral.

En 2019 se han introducido cambios muy importantes para los autónomos. Ya ves que todos estos cambios van en la dirección de la mejora de las coberturas de la Seguridad Social.

Si eres autónomo y tienes algunas pregunta o necesitas asesoría, solo tienes que ponerte en contacto con nosotros. Si aún no te has dado de alta en la seguridad social y quieres hacerlo, nosotros te ayudamos con el proceso.

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