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Impuesto a las Grandes Fortunas: ¿Inconstitucional?

El Impuesto a las Grandes Fortunas se ha convertido en el tributo de nueva creación que más polémica ha despertado en los últimos tiempos. Diseñado para gravar el patrimonio de las personas físicas que más riqueza acumulan, el llamado ‘Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas’ tiene, en principio, carácter temporal, aplicándose a los ejercicios 2022 y 2023, si bien su uso podría extenderse en el futuro. 

La fecha límite para abonar el Impuesto a las Grandes Fortunas se encuentra muy cercana: el próximo 31 de julio de 2023 termina el plazo para presentar el nuevo modelo 718 si estás obligado a ello. 

Para que salgas de dudas, en este artículo te contamos qué es el Impuesto a las Grandes Fortunas, cuál es su razón de ser, a quién afecta, cómo se calcula y a cuánto asciende la factura fiscal para los contribuyentes sujetos a él. 

También te explicamos por qué existen dudas acerca de su constitucionalidad y qué repercusión puede tener una eventual anulación de impuesto para aquellas personas que  ya lo hayan abonado.

Si quieres saber más o no tienes claro si debes abonar este impuesto de cara al pasado ejercicio 2022, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados y economistas en Comunidad Valenciana: podemos ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales y a tramitar cualquier reclamación en materia tributaria.  

Qué es el Impuesto a las Grandes Fortunas

El Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas es un nuevo impuesto temporal de carácter estatal cuya razón de ser es poner coto a las exenciones totales o parciales en el Impuesto sobre el Patrimonio que se aplican en algunas comunidades autónomas. 

De esta forma, el Estado central se asegura de que al menos los patrimonios más elevados tributen por ello, esquivando las limitaciones aprobadas a nivel autonómico. 

Algunos ejemplos son la Comunidad de Madrid o Andalucía, donde, en la práctica, el Impuesto sobre el Patrimonio no se paga. Para las demás Comunidades, verán su efecto residualmente, puesto que se deduce lo que los contribuyentes pagan en Patrimonio.

Es importante saber que la regulación de este impuesto evita la doble imposición, permitiendo deducir la cuota que se haya abonado en concepto de Impuesto sobre el Patrimonio a nivel autonómico. Por tanto, solo deberás pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas si tu cuota autonómica por Patrimonio es igual a cero o inferior a la cuota del Impuesto a las Grandes Fortunas, en cuyo caso deberás abonar la diferencia.

Quiénes están obligados a pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas

En cuanto a quién debe pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas, su sujeto pasivo son las personas físicas con un patrimonio neto superior a 3.000.000 euros a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre de 2022 y de 2023).

Existe un mínimo exento de 700.000 euros, por lo que, en la práctica, el impuesto comenzará a aplicarse a  partir de los 3.700.000 euros de patrimonio neto. 

Para conocer el valor de tu patrimonio deberás seguir las mismas reglas que las que se aplican al Impuesto sobre el Patrimonio. 

Estas reglas de valoración se aplican a aquellos bienes cuyo valor sea difícil de acotar, como es el caso de los bienes inmuebles. 

Cuánto se paga por el Impuesto a las Grandes Fortunas y cómo se calcula

El Impuesto a las Grandes Fortunas tiene carácter progresivo, lo que significa que existen una serie de tramos a los que se aplican distintos porcentajes o tipos, en sentido ascendente a medida que aumente el valor del patrimonio del contribuyente: 

  • Entre 3 y 5,3 millones de euros: 1,7 %.
  • Entre 5,3 y 10,6 millones de euros.: 2,1 %. 
  • Por encima de 10,6 millones de euros: 3,5 %. 

Para saber cuánto pagaremos tendremos que calcular primero la base imponible del impuesto a las grandes fortunas, que está formada por el patrimonio neto. Este concepto se refiere a la diferencia entre bienes / derechos y deudas / obligaciones del contribuyente. 

Por ejemplo, deberás tener en cuenta el valor de bienes inmuebles, acciones o participaciones en fondos propios, seguros de vida, rentas temporales o vitalicias, depósitos bancarios, joyas y otros bienes de valor, arte y antigüedades, algunos tipos de vehículos, embarcaciones…

Una vez determinado el valor de tu patrimonio, ten en cuenta que podrán aplicarse las mismas exenciones que en el caso de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Entre ellas, la ya mencionada exención de los primeros 700.000 euros. 

Estarán obligados a declarar el Impuesto a las Grandes Fortunas las personas físicas cuya cuota tributaria, una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedan, resulte a ingresar.

Plazo para presentar el Impuesto a las Grandes Fortunas 2023

El plazo para presentar el modelo 718 del Impuesto a las Grandes Fortunas 2022 comenzó el pasado 1 de julio y termina el 31 de julio de 2023. 

Su gestión debe llevarse a cabo de forma telemática, ya que el modelo solo está disponible en formato electrónico.

Dudas sobre la constitucionalidad del Impuesto a las Grandes Fortunas

El Impuesto a las Grandes Fortunas ha despertado duda acerca de su constitucionalidad desde el principio, y ello por distintos motivos. 

  • Aplicación retroactiva. Una de las principales quejas acerca de este impuesto es su aplicación retroactiva, ya que afecta al ejercicio 2022 habiéndose aprobado en noviembre del pasado año. Los detractores de este tributo censuran que esta forma de proceder va en contra de la seguridad jurídica y atenta contra el derecho de los contribuyentes a llevar a cabo una planificación fiscal sin sorpresas de última hora que lastren el efecto de sus decisiones. 
  • Invasión de competencias autonómicas. Se trata de un impuesto idéntico al Impuesto sobre el Patrimonio, diseñado específicamente para anular el efecto de las exenciones aprobadas por algunas autonomías dentro de sus competencias. Por tanto, podríamos estar ante una invasión de competencias autonómicas.  
  • Aplicación desigual a nacionales y extranjeros. La exención de los primeros 700.000 euros solo se aplica a los contribuyentes residentes en España (es decir, quienes vivan en el país más de 180 días al año), y no a los no residentes. 
  • Instrumento legal utilizado para su aprobación. El Impuesto se introdujo de forma acelerada en nuestro ordenamiento jurídico a través de una enmienda a la proposición de ley sobre los impuestos temporales a la banca y a las empresas energéticas, evitándose así el debate político y social que nuestra constitución recoge. Además, las normas que traten relaciones financieras entre el Estado y las autonomías deben tramitarse vía Ley Orgánica, lo que no sucede en este caso. 

¿Estoy obligado a pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas aunque pueda ser inconstitucional?

A pesar de las dudas acerca de la constitucionalidad del Impuesto a las Grandes Fortunas, lo cierto es que ello no te exime de cumplir con esta obligación fiscal. 

Nuestra recomendación es que presentes el modelo correspondiente y abones el importe que te toque, en plazo y siguiendo todos los pasos legales. 

Eso sí, resulta recomendable reclamar cuanto antes a través de una solicitud de rectificación de la autoliquidación presentada para que, en caso de que finalmente se declare la inconstitucionalidad de este impuesto, resulte más sencillo recuperar tu dinero. 

Ten en cuenta que, en ocasiones, el Tribunal Constitucional solo ha permitido reclamar a quienes ya lo hubieran hecho antes de la fecha de la sentencia (fue el caso de la plusvalía municipal). 

¿Cómo evitar pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas 2023?

Todavía quedan meses de 2023 para realizar una planificación fiscal correcta de los impuestos que habrá que abonar el año que viene. Por supuesto, evitarán pagar Grandes Fortunas aquellas personas que ya paguen en el Impuesto de Patrimonio una cifra igual o superior, puesto que estas cantidades se deducen en Grandes Fortunas.

Cualquier operación que hagas durante el año que reduzca el valor de tu patrimonio contribuirá a una menor cuantía a pagar en este impuesto. Estamos hablando de donaciones o constituciones de empresas familiares donde reubicar tu patrimonio (cumpliendo siempre con los requisitos que exige la ley), ya que, por ejemplo, están exentas las sociedades, participaciones o patrimonios empresariales afectos a actividades.

Si necesitas ayuda a la hora de cumplir con tus obligaciones fiscales en materia de patrimonio o quieres reclamar, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados y economistas: somos especialistas en Derecho Fiscal con amplia experiencia en la gestión de este tipo de tributos.